El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, Seniat, acaba de publicar una nueva providencia en la que establece que el Registro de Información Fiscal (RIF) ya no caduca, con lo que elimina un obstáculo burocrático que solía entorpecer trámites sencillos.
Nueva orden del SENIAT: El RIF ya no se vence.
Hemos modificado la providencia que regula el Registro de Único Información Fiscal (RIF) y eliminamos la fecha de vencimiento (…) consideramos que es una condición que se hace poco relevante, dice el SENIAT en un comunicado oficial difundido en sus redes sociales.
También publica la Gaceta Oficial número 43.435 con fecha 12 de agosto en la que aparece la nueva Providencia Administrativa, del ministerio de Economía y Finanzas.
Seguimos avanzando en la simplificación y facilitación de los trámites, dice el superintendente nacional tributario, Román Maniglia. Atribuye los cambios a una orden de la presidenta encargada, Delcy Rodríguez.
Luego de las revisiones técnicas y legales exhaustivas, concideramos que es una condición que se hace poco relevante y que pudiera generar trámites innecesarios para su actualización, recalca Maniglia.
Es por ello que a partir de esta nueva providencia, el RIF ya no vence y se mantiene el deber de actualizarlo cuando se requiera incorporar cambios inherentes al contribuyente, precisa.
El Seniat también elimina una normativa que exigía la homologación de sistemas informáticos para la generación de facturas, eliminando así una barrera técnica que podría dificultar el acceso al proceso de formalización.
El Nacional
