Tibaire Altuve, coordinadora nacional en micondominio.com, mencionó en una entrevista para Fedecámaras Radio, que los daños estructurales e internos por fuerza mayor de la naturaleza (como el sismo) corren por cuenta del propietario, ya que el inmueble «perece para el propietario». Terremoto en Caracas 24 de junio de 2026.
Por ello, si el apartamento queda inhabitable, cesan las obligaciones contractuales: el inquilino debe desalojar por seguridad y se suspende el pago del canon de arrendamiento. «Las reparaciones son a cuenta del propietario si son propias de su inmueble. Pero indudablemente que si está en condiciones de inhabitabilidad, el inquilino no puede permanecer en el inmueble porque no se le puede garantizar la vida, no se le puede garantizar el goce, el uso y el disfrute de esas instalaciones», fueron las palabras de Altuve.
Un punto destacado por la representante de micondominio.com, es que la activación de pólizas de áreas comunes es tarea del administrador con su asesor de seguros. La misma acotó que no existen fondos de emergencia oficiales o bancarios activados hasta el momento para reparaciones, es por esa razón que los edificios deben recurrir a sus fondos de reserva propios si son robustos, o acordar cuotas adicionales por vías remotas.
María Emilia Pineda – Fedecámaras
