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El TSJ de Bolivia dio la instrucción de revisar las detenciones preventivas vencidas y limitar su aplicación

TSJ de Bolivia

 

Mediante un instructivo, el TSJ apunta a aliviar el hacinamiento carcelario en el país y el uso excesivo y arbitrario de la detención preventiva.

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) instruyó a jueces y tribunales penales de todo el país aplicar la detención preventiva solo de manera excepcional y revisar de inmediato los casos cuyo plazo ya haya vencido o en los que esta medida ya no esté justificada.

La determinación está en la Circular N° 01/2026 emitida el jueves y apunta a aliviar el hacinamiento carcelario en el país y el uso excesivo y arbitrario de la detención preventiva.

El TSJ señaló que esta decisión responde a la necesidad de garantizar el debido proceso, evitar prolongaciones indebidas de la privación de libertad y contribuir institucionalmente a disminuir la sobrepoblación penitenciaria.

La Circular resalta que el juez será responsable de controlar de oficio la excepcionalidad, legalidad, necesidad, proporcionalidad y razonabilidad de los requerimientos.

Según el documento, la libertad debe ser la regla y la privación cautelar de libertad constituye una excepción, conforme a la Constitución Política del Estado, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Código de Procedimiento Penal.

Las resoluciones

Asimismo, la circular establece que, al momento de resolver medidas cautelares personales, los jueces deberán realizar un análisis estricto de legalidad, necesidad, proporcionalidad, racionalidad y excepcionalidad. Además, deberán fundamentar sus resoluciones con argumentos concretos, evitando criterios genéricos o valoraciones abstractas sobre riesgos de fuga u obstaculización.

Además, dispone priorizar medidas cautelares menos gravosas y el uso del sistema tecnológico ROMA–ARGO, una herramienta biométrica, geolocalizada y telemática de supervisión judicial que permite controlar medidas alternativas sin necesidad de encarcelamiento preventivo.

La Sala Plena instruyó a las autoridades judiciales ejercer control permanente de oficio sobre las causas que dieron origen a la detención preventiva y revisar inmediatamente aquellos casos cuyo plazo haya concluido. En estos casos, se deberá disponer sin demora la cesación de la medida y aplicar alternativas menos restrictivas.

El documento está firmado por el presidente del TSJ, Romer Saucedo.

La Razón de Bolivia