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La exoneración de los aranceles y del IVA a las importaciones se mantendrá hasta el 31 de diciembre de este año

El Ejecutivo nacional extendió hasta el 31 de diciembre de 2024 la exoneración de impuestos de importación, así como el Impuesto al Valor Agregado (IVA), a la mercancía señalada en el Capítulo II del Decreto N ° 4.907 de fecha 29 de diciembre de 2023, publicado en Gaceta Oficial N ° 6.784,

Dicho decreto fue prorrogado bajo el Decreto N° 4.967 de fecha 28 de junio de 2024.

La ONG Acceso a la Justicia hizo una serie de observaciones a este decreto, empezando con que, de acuerdo al artículo 3, no se exonera del pago total de los tributos señalados, sino solo del 90% del mismo a los códigos arancelarios del anexo 1.

  

Por otra parte, sí se exonera el 100% de estas cargas a las importaciones previstas en los anexos 2, 3 y 4 del decreto, realizadas por entidades de la administración pública.

El beneficio tributario “opera de pleno derecho”; es decir, no se requiere de la presentación de un oficio de exoneración o Certificados de No Producción Nacional o de Producción Nacional insuficiente.

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