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Miguel Méndez Fabbiani: “Cien: Corte Penal Internacional debe ordenar la captura de Nicolás Maduro”

 

El director de la ONG Centro Internacional de Derechos Humanos, Justicia y Libertad, Dr. Miguel Méndez Fabbiani declaró a los medios de comunicación nacionales e internacionales acerca del importante proceso que se le sigue a la cúpula chavista en la Corte Penal Internacional:”Ya en el examen preliminar de la Corte existen pruebas incontrastables, fehacientes y sólidas que permiten iniciar un juicio inmediato contra el violador de DDHH Nicolás Maduro.

  La Fiscalia de la CPI luego de una evaluación detallada concluyó que existe fundamentos razonables y suficientes para probar que desde la propia presidencia de la república, se ordenó con toda premeditación y alevosía, la masiva y sistemática ejecución de crímenes contra la población civil indefensa de Venezuela.

El examen preliminar del prestigioso organismo penal internacional que principió el 8 de febrero de 2018, demuestra sin lugar a dudas que el tirano y su cúpula militar están incursos en la planeación y ejecución de graves atrocidades contra el pueblo Venezolano.”

  

Miguel Méndez Fabbiani Defensor Internacional humanitario forzado a exiliarse de su Venezuela natal por expresa persecución del régimen chavista, se pronunció acerca del resultado inminente del proceso de culminación evaluativo preliminar de la Corte Penal Internacional:

“La Fiscalía de la CPI ha concluido que la información disponible en esta etapa brinda un fundamento razonable para creer que, al menos desde abril de 2017, autoridades civiles, miembros de las fuerzas armadas e individuos a favor del Gobierno han cometido los crímenes de lesa humanidad de encarcelación, tortura, desaparición y otras privaciones de la libertad física de venezolanos inocentes.

Esto se llevó a cabo en violación de normas fundamentales de derecho internacional, con arreglo al apartado e) del párrafo 1 del artículo 7; tortura, conforme al apartado f) del párrafo 1 del artículo 7; violación y/u otras formas de violencia sexual de gravedad comparable, con arreglo al apartado g) del párrafo 1 del artículo 7; y persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, de conformidad con el apartado h) del párrafo 1 del artículo 7 del Estatuto de Roma. La Corte Penal Internacional con estas pruebas contundentes de su Fiscalia, no puede eludir ya de ninguna manera la responsabilidad judicial de ordenar la captura inmediata de Nicolás Maduro y su cúpula militar genocida.