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Cámara de comercio de Carúpano en rueda de Prensa: presidente Alejandro Prosperi “Es inamisible e inconstitucional que un país extranjero administre, ejerza tutelaje y controle el gobierno y al Estado venezolana”…Vídeo

Por: Luis Carvajal Cnp 21.196
En rueda de prensa realizada esta mañana, 20 de julio del 2026 vía telemática desde Madrid, España, el presidente de la cúpula empresarial de Carúpano Paria, Sr: Alejandro Prosperi afirmó de manera categórica que la realidad que ocurre en la actualidad en Venezuela, después de los hechos, públicos notorios y comunicacionales del 03 de enero pasado, no dicen que no puede admitirse que un país extranjero administre, ejerza tutelaje, controle el gobierno y al Estado venezolano por ello es inconstitucional”.

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No existe ningún artículo en nuestra Carta magna que lo refrende un protectorado o forma de tutelaje por el contrario, quien avale esa ruta, estaría ubicándose e iría en contra de los pilares fundamentales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; su espíritu y cuerpo donde recae, que nos es otra que la soberanía popular, independencia e integridad territorial. “Cualquier propuesta de ese tipo sería inconstitucional”. Concluyó.

Advirtió el representante empresarial Venezuela en este momento es un barco a la derriba, sin poder ejecutivo, ni legislativo, es decir, el Estado República es inexistente.”Somos un grupo de ciudadanos simplemente en barco que se hundió y vote salvavidas también encalló. “Estamos agarrado a dos tronco de madera. Nadie se quiere hacer responsable de la Sociedad Civil”

Alejandro Prosperi
Alejandro Prosperi

Sentenció el empresario carupanero, quien se hizo acompañar en la rueda de prensa por expresidente de la Cámara de Comercio de Cumaná, Señor Abelardo Kasabdji, que cualquiera de las reformas de la constitución Venezolana, tienen que estar sujeta solo por dos vías: por enmienda (Art. 340) solo procede “sin alterar la estructura fundamental”, y la segunda, por la reforma del Artículo Constitucional número 342, referido a la exigencia a las normas sustituidas.
“No hay que modificar la estructura y principios fundamentales del texto constitucional. La soberanía, la independencia y la integridad territorial: (Arts. 1, 5 y 13), son precisamente esos principios fundamentales”. Agregó el presidente de la Fundación Prosperi.

Finalizó diciendo que un tutelaje extranjero no cabe ni por enmienda ni por reforma; y que cualquier intento sería inconstitucional por exceder el objeto de la propia Constitución.

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