
A 10 años de su regulación, el procedimiento es cada vez más usado, pero las barreras persisten. En 2024 solo 3 de cada 10 solicitudes se practicaron.
Este es el panorama del acceso al derecho a la muerte digna.
Con 352 eutanasias, es decir, un promedio mensual de 29,3 y con alrededor de una practicada cada 25 horas, el 2024 fue el año con más de estos procedimientos desde que fueron regulados en el país, en 2015. Y si bien la muerte digna está reconocida en Colombia como un derecho fundamental, sigue rodeada de deudas y barreras a la hora de decidir cuándo y cómo morir en los casos en los que se experimenta sufrimiento por lesiones o enfermedades graves e incurables.
Despenalizada por la Corte Constitucional desde 1997 y sin una ley que legisle sobre el tema, la eutanasia fue regulada hace 10 años mediante una resolución del Ministerio de Salud y desde entonces se han practicado más de mil procedimientos, de acuerdo con las más recientes cifras recopiladas por el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Desclab).
Pese a las múltiples barreras, también ha habido avances, entre otros, se destaca que cada vez hay más y mejores cifras sobre la muerte médicamente asistida; el hecho de que en 2021 la Corte eliminó el requisito de tener una enfermedad en estado terminal, por lo que ya no es necesario esperar al deterioro extremo para solicitar una eutanasia; y que se han creado obligaciones concretas para los actores del sistema de salud.
En el caso de los derechos al final de la vida, la transformación ha sido lenta, pero con pasos firmes. No es menor que en Colombia hay cuatro procedimientos de muerte digna regulados –cuidados paliativos, adecuación del esfuerzo terapéutico, eutanasia y suicidio médicamente asistido–. Y no es menor que el sistema de salud, con todas las falencias que tiene, cada vez se vaya acomodando mejor a las necesidades de los pacientes, comentó Lina Lara, directora de la Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente.
La radiografía
En el informe De muerte lenta #3: Panorama actual de las cifras y barreras del derecho a morir dignamente en Colombia, conocido en primicia por EL TIEMPO, Desclab señaló que entre 2015 y el 31 de diciembre pasado, en el país se habían realizado 1.044 eutanasias.
Si bien el documento, elaborado con datos del Ministerio de Salud, indica que entre 2015 y 2024 los casos de eutanasia se multiplicaron por 88, al pasar de 4 a 352, en los últimos dos años el ritmo de crecimiento ha venido disminuyendo. Así, se tiene que los 352 procedimientos eutanásicos del año pasado representaron un aumento del 29,9 % frente a los 271 registrados en 2023; entre 2023 y 2022, el incremento fue del 49,7 %; y en el periodo anterior, entre 2022 y 2021, el crecimiento alcanzó el 61,6%.
Y aunque el número de casos de eutanasia ha aumentado, esta sigue siendo una causa de muerte marginal en el contexto general, ya que en 2024 representó apenas el 0,13 % del total de fallecimientos.
Desde 2021, además de los procedimientos llevados a cabo, también se empezaron a registrar los datos de las solicitudes realizadas por pacientes, y se sabe que desde ese año se han registrado 2.491 peticiones de eutanasia. En 2024 fueron 1.169, que contrastadas con los 352 procedimientos practicados arrojan una tasa de aprobación del 30,1 %, es decir, solo 3 de cada 10 solicitudes fueron efectivamente realizadas, la tasa más baja registrada frente a años anteriores.
El informe incluye una advertencia sobre este aspecto al señalar que a nivel nacional esta tasa ha venido disminuyendo. Por ejemplo, en 2023 se hicieron 829 solicitudes de eutanasia, frente a 271 procedimientos realizados, lo que arroja una tasa de aprobación del 32,7 %; y en 2022, frente a 461 solicitudes hubo 181 procedimientos, es decir, una aprobación del 39,3 %.
Además, la tasa no es igual para todas las regiones. Por ejemplo, el año pasado Bogotá, que concentró la mayor cantidad de solicitudes y procedimientos a nivel nacional, tuvo una tasa de aprobación del 32,02 %; Antioquia superó esa cifra, con una tasa del 36,84 %; y Risaralda, con menos población que ambas, tuvo el año pasado 14 eutanasias frente a 32 solicitudes, alcanzando una tasa casi 14 puntos porcentuales mayor a la media nacional, situándose en 43,75 %.
Aunque no es posible determinar los motivos exactos de la negación de los procedimientos, es de recordar que la Corte Constitucional ha establecido tres requisitos para la eutanasia: manifestar el consentimiento libre, informado e inequívoco; haber sido diagnosticado con una lesión o enfermedad grave e incurable, y que esta cause dolores insoportables que sean incompatibles con la idea de vida digna de cada persona.
Para verificar que se cumplan esas condiciones, cuando se eleva una solicitud de eutanasia se pone en marcha un comité científico-interdisciplinario que estudia la petición. El año pasado, frente a las 1.169 solicitudes elevadas, hubo comités en el 95,9 % de los casos y el tiempo promedio entre la petición y la activación del comité fue de 33,5 horas, pese a que el plazo legal es de 24 horas. Más allá de esto, el tiempo transcurrido entre la activación de los comités y su respuesta, fuera esta negativa o positiva, fue de 7,3 días, cumpliendo por primera vez el plazo legal de 10 días.
No obstante, aún no se conoce uno de los datos más importantes: el tiempo que tarda en practicarse la eutanasia una vez es aprobada. Esto se desconoce porque el Ministerio de Salud se ha negado a entregar dicha información, según denunció Desclab, que por su parte ha registrado casos en los que personas mueren mientras esperan que el sistema de salud les practique la eutanasia que ya les aprobó.
A muchas personas les sucede que su procedimiento es autorizado pero esa clínica que realiza el comité y aprueba la eutanasia normalmente no es la que la lleva a cabo; una vez autorizada, el paciente debe ir a la EPS para que le asignen otra clínica donde le hagan el procedimiento, y con frecuencia esa otra clínica vuelve a pedir que se haga la evaluación del comité. En este trámite pueden pasar días, semanas o meses y dado que estas decisiones son muchas veces una carrera contra el tiempo, es ahí donde en muchos casos las personas fallecen, en situaciones de sufrimiento que querían evitar, pese a tener un procedimiento autorizado sin nadie que lo lleve a cabo, comentó Lucas Correa, director de investigaciones de Desclab.
Y añadió que las personas quedan en una especie de paseo de la muerte. Hemos conocido casos de pacientes que incluso, pese a sus condiciones de deterioro, tienen que viajar a otras ciudades, a veces en ambulancias aéreas, para acceder a este derecho.
¿Quiénes logran acceder?
Aunque la eutanasia es un derecho disponible en todo el territorio nacional, no en todo el país las personas acceden al procedimiento. Las cifras oficiales muestran una concentración en las dos ciudades principales, pues entre 2015 y 2024 en Bogotá se hicieron 448 procedimientos (42,91 %) y en Antioquia, 445 (42,62 %), la gran mayoría en Medellín. Estas dos ciudades agrupan el 85,53 % de los casos, y el restante 14,47 % se divide en Valle del Cauca (Cali) con 75 casos, Risaralda (Pereira) con 49, Caldas (Manizales) con seis, Huila (Neiva) con cinco, entre otros.
Es de mencionar que ciudades como Manizales y Neiva, pese a ser más pequeñas y tener menor población, registran más procedimientos que departamentos como Santander (Bucaramanga), con dos casos, y Atlántico (Barranquilla), en donde va uno.
En cuanto al perfil de los pacientes que piden una eutanasia, la edad promedio de solicitud es de 62,6 años, y desde 2015 hasta la fecha 562 hombres (53,8 %) , 481 mujeres (46,1 %) y una persona trans han ejercido su derecho a una muerte digna. No obstante, al mirar las solicitudes año a año, la mayoría son elevadas por mujeres, aunque al final los procedimientos practicados se concentran en mayor medida en hombres.
Al comparar la distribución por sexo de las solicitudes de eutanasia y los procedimientos efectivamente practicados, es posible afirmar que existe una brecha. Es probable que, en el caso de las mujeres, algunas de las barreras más difíciles de documentar ocurran en la privacidad del consultorio médico, donde su voluntad puede no ser escuchada, o no ser tomada en serio, ni tramitada, se lee en el informe de Desclab.
Sobre los motivos para pedir el procedimiento, los diagnósticos oncológicos son el principal: el 74,6 % (779 casos) de todas las eutanasias entre 2015 y 2024 fueron practicadas a personas que tenían un diagnóstico principal relativo al cáncer. Solo en 2024, los principales diagnósticos oncológicos que motivaron la decisión fueron: cáncer de estómago (31 casos), de páncreas (23 casos), de recto (22 casos) y de pulmón (21 casos).
Los diagnósticos no relacionados al cáncer han venido aumentando y corresponden al 25,4 % (265 casos). Entre estos se incluyen la esclerosis lateral amiotrófica (ELA), el dolor crónico intratable, la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (Epoc) y la insuficiencia renal crónica.
Esto se relaciona también con que en 2021 la Corte Constitucional eliminó el requisito de tener una enfermedad terminal –con un pronóstico de vida inferior a seis meses, como la entendía Minsalud– para poder acceder a la eutanasia.
Este cambio se ha reflejado en las solicitudes de muerte médicamente asistida, pues de las 2.491 peticiones desde 2021 hasta 2024, las enfermedades en estado terminal representaron solo el 25,6 %, las otras condiciones de los pacientes eran: 58,9 %, enfermedades incurables avanzadas; el 10,4 % tenían condiciones o lesiones graves e incurables; las situaciones de agonía representaron el 1,9 %, y sobre otro 3,2 % no se registraba información.
Para Correa, hay un balance agridulce en este respecto, pues si bien desde 2021 por decisión judicial ya no es necesario estar ad portas de la muerte para acceder a la muerte digna, el Ministerio de Salud no ha modificado la resolución que reglamenta la eutanasia y la norma sigue exigiendo esa condición. Esto genera problemas porque hay una sentencia que elimina el requisito pero la norma lo mantiene, lo que se convierte en una especie de ‘pase libre’ para las clínicas y médicos que, con base en la resolución, les niegan el derecho a las personas, comentó.
La doctora Paula Gómez, anestesióloga cardiotorácica con experiencia en la práctica de eutanasias, añadió que a esto se suma un desconocimiento generalizado entre los médicos y las instituciones de salud sobre los avances y los cambios jurisprudenciales. Adicionalmente, comentó que la formación de los médicos se enfoca en preservar la vida, por lo cual para estos profesionales no deja de ser difícil enfrentarse también a contextos en los que la muerte no es un resultado a evitar.
Además, dijo que socialmente la muerte es vista como una tragedia, pese a que para algunas personas es una decisión que puede ponerle fin al sufrimiento que padecen producto de enfermedades o lesiones.
Cuando entendemos que la vida humana está cargada de un sentido de dignidad, comprendemos que la muerte digna, como contexto de una enfermedad o lesión que produce un intenso dolor y sufrimiento, también está enmarcada en la salud, comentó Gómez.
Cuando entendemos que la vida humana está cargada de un sentido de dignidad, comprendemos que la muerte digna, como contexto de una enfermedad o lesión que produce un intenso dolor y sufrimiento, también está enmarcada en la salud
Para la doctora, hace falta mayor educación, tanto en las casas, para que las conversaciones sobre cómo enfrentar la muerte dejen de ser tabú, como en la academia, para que los profesionales de la salud se formen sabiendo que la muerte digna también hace parte de los derechos de los pacientes. En ese sentido, llamó la atención sobre los documentos de voluntad anticipada, en los que las personas pueden expresar con antelación cómo quieren enfrentar la muerte ante la eventualidad de una enfermedad o lesión grave e incurable.
Tenemos que educar en voluntades anticipadas, esto ahorra dolor, estigmatización, discriminación a las familias, a los profesionales de la salud, y evita procesos desproporcionados. Hay que hablar de las decisiones antes de que sea el momento de tomarlas, hablar de cómo quisiéramos enfrentar el final de la vida, para que no sean otros quienes decidan por uno más tarde, concluyó.
A esta reflexión se unió Lina Lara, directora de la Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente, al enfatizar en la importancia de que hablar sobre el morir haga parte de los diálogos cotidianos: La muerte no está por fuera de la vida y en general nadie se quiere morir, pero hay unas circunstancias de enfermedad o lesiones tan extremas, que traen un sufrimiento tan insoportable, que las personas aún sin querer morirse necesitan el alivio de la muerte. En esos casos las personas merecen saber que tienen un derecho y que pueden expresar su voluntad.
La carrera de obstáculos que enfrenta la eutanasia
En el mundo, Colombia ha sido pionera en cuanto a la eutanasia, pues hace parte de los 8 países en donde es legal y es la única nación latinoamericana que la permite. Pero ese liderazgo no se ha acompañado de una legislación ni ha significado que se superen todas las barreras de acceso.
Aunque la eutanasia está despenalizada desde 1997, no fue sino hasta 2015, 18 años después, que se le autorizó y practicó al primer paciente. Varias cosas han cambiado pero hoy siguen existiendo por lo menos 13 barreras, según Desclab, que recoge como una de las principales la negación de que existe un derecho a morir dignamente, pues hay actores del sistema de salud que niegan, unas veces por desconocimiento y otras como estrategia deliberada, este derecho o que, aún reconociendo su existencia, limitan su aplicación a que se expida una ley en el Congreso.
Otra barrera tiene que ver con las fallas generalizadas del sistema de salud en la respuesta y trámite de las solicitudes, estas van desde negarse a recibir las peticiones relativas a la muerte digna hasta retrasos injustificados en las respuestas y maltratos o desinformación a quienes piden acceder a este derecho.
Sumado a lo anterior, está el uso inconstitucional de la objeción de conciencia, pues si bien individualmente es posible objetar tomar parte de estos procedimientos, sea por convicciones personales, religiosas o espirituales, es ilegal que se obstaculice de manera deliberada el derecho de terceras personas, o que haya una objeción de conciencia institucional, ya que la misma es personal.
En la práctica, algunos profesionales de la medicina usan sus creencias e ideologías personales para ocultar información y obstaculizar el acceso a prestaciones y servicios relacionados con el derecho a morir dignamente. Con frecuencia, se oponen a tramitar solicitudes o a brindar información objetiva (…) También algunas IPS alegan objeción de conciencia institucional, práctica completamente inconstitucional e ilegal, aduciendo que la empresa o fundación es de cierta vocación religiosa, dice el informe de Desclab.
Así mismo, se ha identificado como un obstáculo la ausencia de una red amplia de prestadores de servicios de salud relacionados con muerte digna y la concentración geográfica de los procedimientos, pues en la actualidad la mayoría se llevan a cabo en los principales centros urbanos de Colombia, y las brechas geográficas y socioeconómicas hacen que las personas de zonas menos desarrolladas, alejadas de las principales ciudades y con acceso a un servicio de salud de menor calidad, tengan menos posibilidades reales de tomar decisiones sobre el fin de la vida.
Lucas Correa, director de investigaciones de Desclab, añadió que la mayoría de EPS y clínicas que prestan servicios de muerte digna son del régimen contributivo de salud, y hay vacíos en las aseguradoras del régimen subsidiado, que es el que atiende a la población más pobre del país.
Otro obstáculo se relaciona a los estigmas sobre las enfermedades mentales para ser consideradas como graves e incurables. Correa puso de presente el hecho de que cuando alguien con estas patologías pide una eutanasia, por lo general recibe como respuesta que si se toma los medicamentos, aunque la enfermedad no se va a curar, será controlada, sometiendo a los pacientes a un deber de recibir tratamiento durante toda su vida. Ese juicio no se hace nunca frente a alguien con cáncer, por ejemplo, a quien se le respetaría su decisión de frenar el tratamiento y a quien no le dirían que sus síntomas son su culpa por no tomarse la medicina.
Otros obstáculos reseñados tienen que ver, entre otros, con el desconocimiento y la falta de uso generalizado de los documentos de voluntad anticipada, la ausencia de una reglamentación actualizada y completa del derecho a morir dignamente, la formación deficiente de los profesionales de la salud para garantizar los derechos, y la exigencia, en la regulación actual del Minsalud, de la enfermedad en estado terminal, pese a que la Corte quitó ese requisito.
Finalmente, pese a que la eutanasia es un procedimiento gratuito y cubierto en el plan de beneficios en salud (PBS), sigue habiendo personas, profesionales y organizaciones que desarrollan e intermedian este procedimiento de manera privada.
Aunque no es posible saber con certeza el número de casos que se llevan a cabo de este modo en las casas, médicos y organizaciones como Desclab insisten en que la eutanasia es legal y no es necesario hacerla a escondidas, exponiéndose no solo a riesgos penales sino también a que el procedimiento no se haga cumpliendo los estándares que garantizarán su adecuada realización.
María Isabel Ortiz Fonnegra – El Tiempo de Bogotá

